¿Qué documentos me van a hacer falta para la solicitud?
- Instancia de solicitud de Título ( se recoge en Secretaría)
- Fotocopia del Documento de identidad del alumno
- Fotocopia compulsada del Título de Familia Numerosa • en vigor.
- Resguardo de pago (Modelo 030)
¿Cómo descargo el recibo de pago (Modelo 030)?
https://gestiona7.madrid.org/rtas_webapp_pagotasas
- Para la realización del trámite, el alumno deberá dar en INICIAR, y en la pantalla que aparece marcar la opción PAGAR TASA O PRECIO PÚBLICO.
- Saldrá una pantalla donde aparece el epígrafe Búsqueda de Tasa, donde se debe poner el título no universitario que solicita y el Centro Educativo donde finalizó los estudios.
- Se seleccionará el Título no universitario o certificado, y aparecerá la pantalla de Datos Tasa Interesado.
- Se rellenarán los datos y se dará a continuar. En este apartado hay que tener en cuenta si el alumno pertenece a una familia numerosa clasificada en la categoría general, si es el caso, tendría que marcar el check (ver apartado de Exenciones y bonificaciones).
- A continuación se comprueba que los datos están correctos, en la pantalla de Confirmación de Datos, y se marcaría continuar. Aparecerá la pantalla de pago, donde se debe elegir la opción deseada (Pago con tarjeta, Cargo en cuenta o pago presencial).
- Una vez realizado, solo faltaría la Confirmación de Pago.
¿Una vez tengo el documento que debo hacer?
- Es imprescindible que vaya firmado por el/la interesado/a.
- En el caso que se haya seleccionado pago presencial, abonarlos en los Bancos y Cajas indicados en la página web (BANCO SABADELL, BANCO SANTANDER, BBVA, CAIXABANK y CAJAMAR).
- Rellenar el impreso de solicitud del Título de Bachillerato, con letra mayúscula y clara.
- Entregar en Secretaría toda la documentación anterior, debidamente cumplimentada y con el recibo abonado los días 12 y 13 de mayo.
¿Cuáles son las Tasas de Expedición del Título de Bachillerato?
Tasa ordinaria: 51,49 €
Familia Numerosa de Categoría General: 25,74 €
Exento pago de tasas: Familia Numerosa Categoría Especial, Víctimas del terrorismo, Discapacidad reconocida igual o superior al 33%